Saltar al contenido

Periodo de Prueba en el Contrato de Formación: Aspectos clave

Periodo de prueba contrato de formación

El contrato de formación, al igual que el resto de tipos de contratos, tiene un periodo de prueba en el cuál la empresa determinará si somos aptos como trabajadores así como si continua la relación laboral tras esta.

Durante el periodo de prueba en un contrato de formación, tanto el trabajador como la empresa pueden terminar la relación laborar sin preaviso. Es decir, que la empresa puede decidir que no cuenta contigo sin avisarte con 15 días de antelación, aunque a la inversa es igual.

¿Cuánto dura el período de prueba en un contrato de formación?

La duración dependerá del nivel formativo del contrato, es decir que, en contratos para la formación con certificados de profesionalidad de nivel uno o dos tendrá una duración de un mes. Mientras que en contratos con ocupaciones ligadas a certificados de profesionalidad de nivel 3 el tiempo de prueba no superará los dos meses. Ten en cuenta que así es como lo refleja el propio Estatuto de los Trabajadores.

En cualquier caso el convenio colectivo determinará el tiempo real del periodo de prueba. Si como empresa tienes dudas de como gestionar el periodo de prueba de un trabajador o cuál es su duración lo lógico es contarcon asesoramiento. Nosotros hemos colaborado con Asesor Laboral Gestiun Madrid y estarán encantados de asesorarte sin compromiso.

¿Qué ocurre si un trabajador no supera el periodo de prueba?

El no superar el periodo de prueba implicará que el trabajador no continuará en la empresa y esta podrá notificarlo sin ningún preaviso. La mayor desventaja de esto (de cara al trabajador) es que no tendrá derecho a ninguna prestación por desempleo, así como a indemnización por despido.

Si recibirá la parte equivalente a vacaciones y pagas extraordinarias, propio de todos los tipos de contrato.

Me han prorrogado el contrato formativo ¿Tengo periodo de prueba de nuevo?

En este caso no, ya que se respetará la antigüedad dentro de la empresa, tanto si es prórroga de contrato formativo como si transforman en indefinido tu contrato ya no habrá periodo de prueba.

Además una vez superado el periodo de prueba, si la empresa decide prescindir de tus servicios lo hará con un preaviso de 15 días y con la consecuente indemnización por despido.

Otros aspectos a tener en cuenta

Se puede dar el caso en el que cuando una empresa decide contar con un trabajador y escoger la modalidad Contrato para la Formación y el Aprendizaje los plazos de contratación se alarguen por la burocracia que demanda el SEPE:

  • Qué el trabajador esté inscrito en el sistema de garantía juvenil
  • Qué el trabajador esté dado de alta como demandante de empleo
  • Que sea menor de 25 años
  • Presentar toda la documentación así como la ocupación adscrita al contrato

Este plazo suele prolongarse un mes, ya que hay que presentar la Solicitud de Autorización de inicio de la actividad formativa en el Servicio Público de Empleo (SEPE) en el cual se validará la documentación. Una vez se apruebe se dará de alta al trabajador y este iniciará su trabajo, así como el periodo de prueba.

Review por: Contrato para la Formación Rated 5 / 5 based on 17 votos. | Deja tu opinion