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Baja voluntaria Contrato de Formación

Baja voluntaria contratos de formación y sanciones posibles

En los últimos años el mercado laboral ha ido evolucionando, reactivándose y cambiando su funcionamiento: pasamos de trabajos estables a trabajos temporales, por lo que cambiar de puesto de trabajo se ha vuelto algo lógico y normal en nuestra sociedad actual.

Mejores condiciones de trabajo, mejor salario, o una mejor jornada laboral pueden ser alguno de los motivos por los que un trabajador solicite la baja voluntaria, pero, ¿cómo afecta esto tanto al trabajador como a la empresa?, ¿se pueden aplicar sanciones en los contratos de formación? Veámoslo:

Baja voluntaria: Un derecho del trabajador

Voy a ir directo al grano, cualquier trabajador en cualquier modalidad contractual, incluida el contrato de formación, tiene derecho a solicitar la baja voluntaria. ¿Quieres saber que derecho se aplicarían en caso de este tipo de baja?:

  • Tienes derecho a finiquito: Es decir la parte correspondiente a las pagas extra correspondientes (en caso de no estar prorrateadas) y a las vacaciones no disfrutadas. Recuerda no confundir finiquito con indemnización por despido, tienes más información en este artículo.
  • No tienes que dar explicaciones: Es decir que, evidentemente, no deberás comunicar las causas que motivan la salida de la empresa. Solamente deberás notificar a la empresa 15 días antes de la baja.
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Baja voluntaria y Contratos de Formación, ¿existen limitaciones?

Si en tu caso tienes dudas por querer solicitar la baja voluntaria y estar en un contrato de formación, no te preocupes, la ley es la misma y no tendrá ningún tipo de repercusión, tendrás derecho a finiquito y solamente deberás avisar de tu baja con 15 días de antelación.

Por el contrario, en el caso de empresas, el tema de la baja voluntaria deberá notificar la baja a la Seguridad Social, al SEPE y al centro formativo que imparta la formación vinculada al contrato. En caso de no hacerlo la empresa puede incurrir en alguna de las sanciones de los contratos de formación.

El centro de formación deberá facilitarte la documentación para dar de baja al alumno, de esta forma se parará la formación y la facturación, evitando así cargos indebidos.

Baja voluntaria y bono empleo joven ¿se ve afectada esta subvención?

En el caso de las subvenciones dependerá si se cumplen los meses estipulados en el BOE, por ejemplo en el caso del Bono de empleo jóven tendremos que cumplir al menos:

  • 12 meses en la empresa, en el caso de contratos temporales
  • 18 meses en la empresa, en el caso de contratos indefinidos

Por tanto, en el caso de que el trabajador solicite la baja voluntaria antes del periodo definido arriba, la empresa no tendrá derecho a recibir la subvención.

Derecho a paro y baja voluntaria, la pregunta del millón

En todos los casos si, como trabajador, causas una baja voluntaria no tendrás derecho a paro. Pero no te preocupes, el tiempo trabajado cotizará para futuras prestaciones por desempleo.

Aunque existe una excepción, las trabajadoras víctimas de violencia de género. Estás podrán solicitar la baja voluntaria en una empresa y estar en situación legal de desempleo.

Y entonces, ¿cómo tener derecho a desempleo tras una baja voluntaria? existen dos vías:

  • Encontrar un nuevo trabajo y que te despidan después de tres meses desde que dimitiste de la anterior empresa.
  • Esperar tres meses, ser contratado, superar el periodo de prueba y ser despedido.

Además debes saber que todo contrato que no supere los tres meses tras la baja voluntaria será estudiado por el SEPE y ellos comprobarán si se trata de un posible fraude para cobrar dicha prestación.

Y hasta aquí por hoy, recuerda que si tienes dudas sobre la baja voluntaria en Contratos de Formación estaremos encantados de ayudarte, ¡déjanos tus dudas en la caja de comentarios!

Review por: Contrato para la Formación Rated 5 / 5 based on 17 votos. | Deja tu opinion

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Comentarios (7)

Hola buenas, tengo un hijo con contrato de formación y aprendizaje, empezó en abril y solo le pagaron dos meses y lleva y 4 meses sin que le paguen, dicen que la no tienen dinero y están a la, espera de que les paguen la subvención para poderle pagar le dicen que, cuando les, llegue el dinero le pagarán y cuando le paguen que mi hijo renuncie al contrato ya que en los siguientes mese no le podrán pagar que le puede perjudicar ami hijo si hace eso.
Gracias Maria

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En este caso recomendamos directamente que se pongan en manos de un abogado, ya que no es legal lo que están haciendo, no pueden justificarse esperando la ayuda por el tipo de contrato.
Un saludo!

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Buenas noches, que pasa sí notifico la baja voluntaria por escrito a la empresa con los 15 días de antelación, pero ellos no deciden aceptarla, es decir no me la firman o pasan del tema (se hacen los locos)? Debería presentarla en algun otro lugar o como se procede en estos casos.
Muchas gracias de antemano

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Hola Pepe, una opción es mandarle una carta certificada con acuse de recibo a la empresa con la baja. Y en caso de que sigan empeñados en el no simplemente plantas una denuncia y verás lo rápido que te la dan.

Un saludo.

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¿Qué ocurre si en un contrato de prácticas se solicita la baja voluntaria sin 15 días de antelación?

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Hola Eva, tienes más info aqui, https://contratodeformacion.com.es/contrato-en-practicas/

Al tratarse de una baja voluntaria en un contrato en prácticas, el trabajador tendrá derecho a finiquito, pero no a indemnización, ya que no se trata de un despido. Tampoco podrán solicitar la prestación por desempleo.

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Saludos! Me gusta mucho este artículo, está bien escrito, me ayudó y lo recomiendo.

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